Permiso de trabajo en Panamá — profesionales en una oficina de Ciudad de Panamá
    Trabajo en Panamá

    Permiso de trabajo en Panamá

    El permiso de trabajo es independiente de su estatus migratorio. Le acompañamos en la modalidad que corresponde a su categoría y en el control de sus vencimientos.

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    Permiso de trabajo en Panamá

    El permiso de trabajo en Panamá se tramita ante el Ministerio de Trabajo y es independiente del estatus migratorio. Estas son las modalidades más frecuentes.

    01

    Permiso para trabajador dependiente

    Para extranjeros contratados por una empresa panameña, dentro de las proporciones de nómina que autoriza la ley.

    02

    Permiso para trabajador independiente

    Para quienes ejercen una actividad económica por cuenta propia amparada en su categoría migratoria.

    03

    Crisol de Razas

    Permiso derivado de los procesos de regularización migratoria abiertos por el Estado panameño.

    04

    Renovaciones y prórrogas

    Seguimiento de vencimientos y presentación oportuna de renovaciones para evitar la pérdida del estatus.

    ¿Quién necesita un permiso de trabajo?

    • Extranjeros con residencia aprobada o en trámite que recibirán un salario en Panamá.
    • Profesionales contratados por una empresa panameña dentro del porcentaje de nómina permitido.
    • Personal técnico o de confianza de empresas con regímenes especiales.
    • Extranjeros con título revalidado que ejercerán su profesión de forma independiente.
    • Trabajadores de servicio doméstico y de obra o proyecto determinado.
    • Empresas que deben verificar su proporción de personal nacional antes de contratar.

    Modalidades más frecuentes

    Trabajador dependiente

    Para personal contratado por una empresa panameña dentro del diez por ciento de trabajadores extranjeros que permite la ley.

    Experto o personal técnico

    Hasta el quince por ciento de la nómina, reservado a funciones especializadas o de confianza debidamente sustentadas.

    Empresas pequeñas

    Las empresas con menos de diez trabajadores panameños pueden emplear a un extranjero mediante un permiso de vigencia anual.

    Crisol de Razas

    Modalidad vinculada a los procesos de regularización migratoria que abre el Estado panameño en períodos determinados.

    Servicio doméstico

    Permiso de un año de vigencia, prorrogable hasta cuatro veces mientras se mantenga la relación laboral.

    Obra o proyecto determinado

    Permiso de un año, prorrogable hasta cinco veces, atado a la duración del proyecto para el que fue contratado.

    Documentos habituales

    Orientación general: los requisitos pueden cambiar según la modalidad y la normativa vigente. Confirmamos la lista exacta al evaluar su caso.

    • 01Resolución o constancia de la categoría migratoria vigente o en trámite.
    • 02Contrato de trabajo o carta de oferta de la empresa contratante.
    • 03Certificado de existencia de la sociedad y aviso de operación del empleador.
    • 04Planilla de la Caja de Seguro Social que acredite la proporción de nómina.
    • 05Pasaporte vigente y copia del carné de residente, si ya lo tiene.
    • 06Título profesional revalidado cuando la actividad lo exige.
    • 07Fotografías y formulario de solicitud ante el Ministerio de Trabajo.

    Cómo trabajamos

    Un proceso claro, de principio a fin.

    1

    Evaluación de su caso

    Nos cuenta su situación por WhatsApp y le indicamos qué vía migratoria le conviene.

    2

    Plan y documentos

    Recibe la lista exacta de documentos y preparamos su expediente completo.

    3

    Presentación de la solicitud

    Gestionamos Migración, notarías y demás trámites. Usted solo firma.

    4

    Entrega de su residencia

    Le acompañamos hasta que tenga su carné de residente en la mano.

    Preguntas sobre el permiso de trabajo

    Otros temas de trámites migratorios y servicios legales

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    Evaluación inicial sin costo. Le respondemos a la brevedad y le indicamos la vía que le corresponde.

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    Nota legal: la información de esta página es de carácter general e informativo y no constituye asesoría legal definitiva. La elegibilidad para cualquier programa depende de su caso particular y la normativa panameña puede variar. Recomendamos una consulta personalizada para evaluar su situación.